Por el amor de Dios, volumen 1/14 de junio
De Libros y Sermones BÃblicos
Por D.A. Carson
sobre Vida Devocional
Capítulo 167 del Libro Por el amor de Dios, volumen 1
Traducción por Luximar Arenas Petty
14 DE JUNIO
Deuteronomio 19; Salmos 106; Isaías 46; Apocalipsis 16
LA JUSTICIA PREVISTA EN Deuteronomio 19 parece estar a una distancia considerable de las opiniones que prevalecen en las naciones occidentales en la actualidad.
Parte del énfasis de este texto, es que la mayoría de nosotros encontraremos una afinidad importante con: los tribunales no deben condenar a una persona con escasas evidencias. En los días previos a las poderosas herramientas forenses, esto casi siempre quería decir que se necesitaban muchos testigos (19:15). En la actualidad el tipo de evidencia que se cree que es suficiente se ha extendido: huellas digitales, determinación de los grupos sanguíneos, y así sucesivamente. La mayoría de nosotros reconoce que esto es algo bueno. Pero suficientes informes han circulado que prueban que han sido manipuladas con la preocupación que nuestro texto esta apenas desactualizado. Los procedimientos y políticas deben ser puestos en un lugar donde se haga difícil corromper los tribunales o declarar culpable a una persona inocente.
Pero el resto del capítulo (19:16-21) parece, en principio, de alguna manera ajeno a nosotros, por tres razones. (1) Si los jueces determinan cuidadosamente que algún testigo ha cometido perjurio, entonces los jueces deben imponer en esa persona la pena que se le habría impuesto al demandado injustamente acusado: tendrás que “hacerle a él lo que él intentaba hacer a su hermano” (19:19). (2) El propósito es “extirpar el mal que haya en medio de ti” (19:20). (3) Una vez más, la ley del talión (la ley del “ojo por ojo”) se repite (19:21; comparar con Éxodo 21:24, y la meditación del 11 de marzo).
Los tres puntos se ven de manera muy diferente en los tribunales occidentales. (1) El castigo por perjurio malicioso normalmente es insignificante. Pero esto significa que hay poco esfuerzo oficial por avivar la llama de la pasión social por justicia pública. Usted miente si puede salirse con la suya, la única vergüenza es ser atrapado. (2) Nuestras teorías penales consideran que el encarcelamiento sirve para hacer a la sociedad un lugar más seguro o para ofrecer un espacio para reformarse (terapéutico o no), o para garantizar que un delincuente “pague su deuda a la sociedad”. Se dedica mucho esfuerzo al análisis de las condiciones sociales que juegan un papel en contribuir la formación de un criminal que dondequiera hay una renuencia generalizada a hablar de la maldad de una persona o un hecho. Quizás esa es la razón por la cual las películas de venganza tienden a representar espantosamente la crueldad horrenda en una dimensión de monstruos antes que la venganza pueda ser justificada. La postura bíblica es realmente radical (es decir, va a la radix, la raíz): judicial, los tribunales deben expulsar la maldad de entre ustedes. (3) Nosotros encarcelamos; raramente pensamos acerca de la justicia de hacer un castigo que “corresponda” con el crimen. Pero esa era una de las funciones de la ley del talión.
Cuando uno se enfoca en la justicia y en la responsabilidad personal, es nuestro propio sistema judicial y penal que parece cada vez más equivocado y ajeno.
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