Por el amor de Dios, volumen 1/11 de marzo
De Libros y Sermones BÃblicos
Por D.A. Carson
sobre Vida Devocional
Capítulo 72 del Libro Por el amor de Dios, volumen 1
Traducción por Gabriella Maldonado
11 DE MARZO
Éxodo 22, Juan 1; Job 40, 2 Corintios 10
Haremos bien en reflexionar un poco sobre la jurisprudencia de Pentateuco. Comenzaremos con algunas de las leyes de restitución que se encuentran en Éxodo 22:1-15.
Los ladrones no sólo debe pagar lo que roban, sino también algo adicional (22:1, 4) Esta cantidad adicional es no sólo un castigo para ellos, sino que también compensa a la víctima por el hecho de ser abusado, o por las molestias de la privación de lo que le han robado. Zaqueo entendió el principio, y su arrepentimiento fue demostrado por su decisión de restituir cuatro veces, y dar generosamente a los pobres (Lucas 19:1-10)
Si un ladrón no puede pagar lo que ha robado, la ley exigía que se vendiera como esclavo para pagar por su robo (22:3) La esclavitud en esta cultura tiene raíces económicas. No había leyes actualizadas sobre estar en ruina, por lo que una persona podía venderse como esclavo para hacer frente a las deudas pendientes. Pero en Israel, la esclavitud tenía un final. Se suponía que debía llegar a su fin en ciclos de siete años (21:2-4)
Los versículos siguientes presentan la restitución que debe ser hecha por diversos delitos incluyendo sus excepciones, para que la ley sea lo suficientemente flexible como para manejar los casos difíciles o casos delicados (por ejemplo, 22:14-15) En algunos casos, las demandas en conflicto debían ser llevadas ante un juez, quien se encargaba de discernir quién estaba diciendo la verdad. Por ejemplo, si alguien le daba a su prójimo dinero o bienes para su custodia, y luego este vecino decía que estos bienes o dinero le habían sido robados por un ladrón; un juez debía determinar si el vecino estaba diciendo la verdad, o era él mismo el ladrón. Si el ladrón era sorprendido, pagaría el doble. Si el juez determinaba que el prójimo era un mentiroso, el vecino le pagaría el doble de la cantidad (22:7-9)
Cuando el delito es el robo, la restitución preserva la noción de justicia. Cuando los ladrones son simplemente enviados a la cárcel, no pasará mucho tiempo para que los expertos debatan si la finalidad de la prisión es de recuperación, terapéutica, educativa, privativas de libertad (para la preservación de la sociedad), o vengativa. Una sentencia directamente relacionada con el crimen conserva la primacía de la justicia. Lo mismo es cierto, por supuesto, de la tan difamada ley del Talión, "ojo por ojo" (21:23-25), que no era una excusa para una venganza personal, sino una forma de dar en los tribunales los castigos que correspondían exactamente al crimen. Este sentido de la justicia necesitaba satisfacer el manejo en el Antiguo Testamento del pecado y el quebrantamiento de la ley y, en última instancia, preparar el camino para entender la cruz como el sacrificio que cumple con las exigencias de la justicia (cf. Rom. 3:25-26)
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